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¿ES LÍCITO DECRETAR O DECLARAR? 5TA PARTE

  • LA VERDAD EN YESHÚA
  • 20 may 2019
  • 13 Min. de lectura

¿ES LÍCITO DECRETAR O DECLARAR? 5TA PARTE

ATAR Y DESATAR

Tal vez Mateo 16:19 es uno de los versos bíblicos más abusados hoy:

“Yo te daré las llaves del reino de los cielos; y lo que ates en la tierra, será atado en los cielos; y lo que desates en la tierra, será desatado en los cielos”.

Muchas personas creen que, con estas palabras de YEHOSHÚA a Pedro como base, y por extensión a los apóstoles y a todos los demás creyentes, podemos “desatar” bendiciones para nuestras vidas y “atar” toda maldición o espíritu malo que venga contra nosotros.

No es raro oír en algunas iglesias frases como “desato prosperidad para ti”, o “ato todo espíritu de mal en este lugar”. Incluso hay quienes “atan al diablo” para que no les haga daño.

¿Es esa la aplicación correcta del pasaje? ¿A qué se refiere la Biblia por atar y desatar?

Podemos hacer alguna declaración de esta magnitud sin saber lo que EL ETERNO piensa , dice o exige al respecto? O mas aun sin tener un conocimiento claro y exhaustivo de LAS SAGRADAS ESCRITURAS?

UNA AUTORIDAD DADA POR YEHOSHÚA

Para entender este versículo, primero notemos lo siguiente: YEHOSHÚA dice estas palabras luego de que Pedro, representando a los doce apóstoles, confesara por revelación de Dios que YEHOSHÚA es el Cristo (v. 15-17). Aunque la palabra Cristo ES MAS GRIEGA QUE HEBREA, por ahora la vamos a manejar como lo venimos haciendo, lo importante por ahora es notar que la autoridad dada a PEDRO surge como consecuencia de esta declaración.

Como afirma el pastor y exégeta John MacArthur, en sintonía con otros estudiosos, las llaves del reino de los cielos “representan autoridad, y aquí Cristo da a Pedro la autoridad para declarar lo que era atado o desatado en el cielo”.

El erudito William Hendricksen está de acuerdo. Él escribe que “el que ‘tiene las llaves’ (ver Ap. 1:18; 3:7) del reino de los cielos determina quién debe ser admitido y a quién se debe negar la admisión”. Por otro lado, como bien comenta Jonathan Leeman,

“Algunos estudiosos bíblicos hablan acerca de atar y desatar como una actividad judicial o rabínica. Por ejemplo, el rabino decidía cuándo aplicar la ley a una persona en particular y bajo qué circunstancias. Básicamente, YEHOSHÚA otorgó a los apóstoles esta clase de autoridad: la autoridad de colocarse frente a un confesante, considerar su confesión, considerar su vida y emitir un juicio oficial en nombre del cielo”.

De manera que en Mateo 16:19 hay algo sorprendente: YEHOSHÚA habla en representación del cielo, le dice a Pedro que su confesión vino del Padre que está en los cielos, y les da autorización a los apóstoles para también representar a Dios en la tierra, atando y desatando aquí lo atado y desatado en el cielo.

En otras palabras, los apóstoles tendrían autoridad para juzgar en la tierra quién debía ser reconocido dentro del Reino de Dios y quién no. De hecho, esta autoridad se menciona otra vez en Juan 20:23, cuando Jesús le dice a los apóstoles: “A quienes perdonen los pecados, éstos les son perdonados; a quienes retengan los pecados, éstos les son retenidos”.

Si somos protestantes, esto puede sonar problemático a primera vista. Nosotros creemos que solo Dios puede perdonar nuestro pecado. No es de extrañar que la Iglesia católica romana use pasajes como estos para justificar algunas de sus enseñanzas sobre la autoridad de ella y el papado. Entonces, ¿cómo entender esto correctamente?

COMPRENDIENDO MEJOR EL PASAJE

La autoridad que YEHOSHÚA dio a sus apóstoles en Mateo 16 debe entenderse según Mateo 18.En este pasaje vemos cómo se aplica esta autoridad. Allí, Cristo da instrucciones no solo a los doce, sino también a las iglesias locales sobre cómo lidiar con el pecado en la iglesia:

“Si tu hermano peca, ve y repréndelo a solas; si te escucha, has ganado a tu hermano. Pero si no te escucha, lleva contigo a uno o a dos más, para que toda palabra sea confirmada por boca de dos o tres testigos. Y si rehúsa escucharlos, dilo a la iglesia; y si también rehúsa escuchar a la iglesia, sea para ti como el Gentil (el pagano) y el recaudador de impuestos. En verdad les digo, que todo lo que ustedes aten en la tierra, será atado en el cielo; y todo lo que desaten en la tierra, será desatado en el cielo”, Mateo 18:15-18 .

Necesariamente debemos irnos al contexto hebreo, recordemos que los fariseos reclamaban de manera exclusiva esa autoridad de “declarar lícito o no , ellos eran los jueces en situaciones judiciales que se presentaran en el pueblo, obviamente basados en la LAS INSTRUCCIONES DE MOISÉS (TORAH). Esto era solo en teoría porque la prioridad la tenía LAS TRADICIONES ORALES Y MANDAMIENTOS DE HOMBRES.

Los MAESTROS eran los escribas, quienes traducían los textos sagrados del hebreo al arameo (lengua hablada en Babilonia), los exponían, los interpretaban y los explicaban, para posibilitar su cumplimiento.

Al regresar a Palestina, las sinagogas se multiplicaron, al punto de haber ciudades que contaban con varias.

También la sinagoga era un lugar para la instrucción del pueblo, mediante la lectura periódica de la Ley. Los lunes y jueves, tradicionales días de mercado y de audiencias judiciales, se realizaban oficios en este sentido; pero la ceremonia principal tenía lugar el Sábado.

También los PROFETAS se cuentan entre quienes ejercieron una actividad educativa entre los hebreos, en los reinos de Judá e Israel durante el período anterior al cautiverio de Babilonia para el primero, y de su destrucción a manos de Asiria para el segundo, y durante el cautiverio de Babilonia.

El profeta era un hombre llamado por YEHOVÁH para ser Su portavoz. Hasta contra su voluntad, debía anunciar la Voluntad de Dios y sus designios; también comunicaba a los hombres un futuro preñado de recompensas o de castigos, condicionado por la conducta de aquél o de aquéllos a quienes se dirigía.

Los profetas habitualmente se dirigían a los reyes (EDUCACIÓN DEL GOBERNANTE), guiando sus decisiones de acuerdo a la Voluntad de Dios –en las campañas bélicas, en los actos administrativos y en su conducta personal–, y al pueblo (EDUCACIÓN DEL PUEBLO), al que exhortaban a la conversión pues a menudo caía en la idolatría y pervertía sus costumbres.

El retrato del gobernante ideal era:

- un hombre de su pueblo,

- alejado de los tres grandes peligros que acechan a todo hombre: el exceso en el placer, en la riqueza y en el poder,

- que diariamente busque en la Ley de Dios la norma de su gobierno, y que en su cumplimiento encuentre la justicia,

- y que considere su posición con humildad, sabiendo que ha sido elegido por Dios para el servicio de sus hermanos.

1.2.2.1- LA ESCOLARIZACION.

El estudio era tenido en gran aprecio entre los israelitas, pues era la condición indispensable para el conocimiento y el cumplimiento de la Ley y de los preceptos que la pormenorizaban, cumplimiento que aseguraba la efectividad de la Alianza con YEHOVÁH. Pero con el auge de la Sinagoga, la importancia que habían cobrado sus miembros (en especial los Doctores de la Ley), el peso religioso de los fariseos (judíos de estricta observancia de la letra) y la codificación exhaustiva y excesiva de la preceptiva religiosa, se había llegado a olvidar que el valor del Libro Sagrado residía en su comunicación de la Voluntad de Dios, y se lo convirtió en un objeto de culto por sí mismo.

1.2.3- LA EDUCACION ELEMENTAL.

El cautiverio que padecieron los hebreos en Egipto, no dejó de tener efectos en su vida educativa. Una vez rescatados de esta servidumbre, aparece la forma colegiada de instrucción.

Las llamadas escuelas de los profetas instruían sobre los servicios religiosos, tan importantes en un estado teocrático. La música y la poesía tenían gran importancia. También estudiaban la legislación, la medicina, que llegaron a despertar mucho interés.

Con Salomón se perfecciono el sistema educativo rudimentario de los hebreos. En sus bellos proverbios se percibe el aliento moral y religioso que animaba a la educación.

El origen de la escuela elemental. Entre los judíos fue una institución tardía. De ella no habla la Biblia. Gámala dispone que cada ciudad tenga por lo menos una escuela, y si la ciudad tiene un rio que la divida en dos partes, debe tener por lo menos dos escuelas. Por eso el Talmud alaba su memoria diciendo: " Su nombre será recordado con satisfacción ". La disciplina en un principio fue rígida; la escuela se hallaba organizada en tres clases: la mingrah, la mishnath y la guemara. A la primera acuden los niños hasta los 10 años. A la segunda asisten los niños de 10-15 años y en la tercera la instrucción se refiere sobre todo a las ciencias naturales.

La jornada era de doble escolaridad, según la costumbre de la época.

El MAESTRO era el sofer o escriba, pero más comúnmente el hazzán, su asistente, quien también tenía a su cargo aplicar la dura disciplina.

El CONTENIDO de la enseñanza era todo lo referente a la religión: la Thora o Pentateuco, los libros históricos, los sapienciales, los de los profetas, los salmos..., todo. Se estudiaba la lengua aramea, la hebrea y, en algunas ciudades importantes, también el griego. A diferencia de las escuelas de los escribas, pero en común con la educación griega y la helenística-romana, era más importante saber leer que saber escribir. Todo contenido era oportuno para proveer instrucción y formación religiosa y moral.

La educación manual. Probablemente los hebreos son los primeros que reconocen un valor a la educación manual. La costumbre de que el intelectual este iniciado en algún oficio manual, significo también para los hebreos una doble seguridad en la vida.

A pesar de las mudanzas que experimenta, al correr de los tiempos la educación hebrea conserva el ideal teocrático: Dios como principio y fin, como maestro y modelo de la formación del pueblo. El dotado de perfección humana es el hombre bueno y piadoso. La formula de este tipo histórico de la educación la expresa de modo preciso el Levítico: "Sed santos como yo, el Eterno, soy santo"

La organización educativa de los hebreos produjo magníficos resultados, pero su mejor rendimiento estriba en su concepto y práctica de la formación religiosa y moral de la juventud.

La trasmisión oral era el modo más común de enseñanza, lo que supone un modo peculiar de comunicación con el oyente que posibilite la fijación de los contenidos.

Hay, una retórica (el arte de hablar) propiamente hebrea, eminentemente poética, sugestiva, plena de coloridas imágenes de la vida real que apelaban a la sensibilidad del auditorio, familiarizado con ese mundo concreto del que se hacían brotar historias; multiplica los desarrollos de un mismo tema, al modo de variaciones; utiliza símbolos, comparaciones... Todo ello permitía una intuición a partir de la cual se daba la elaboración interior y la extracción de lo que podemos llamar una "lección", una lectura que enriquece, al modo del alimento que, asimilado, provoca un crecimiento.

Dentro de los recursos técnicos de dicha retórica podemos citar: la parábola; la paradoja; la reiteración de palabras; los desarrollos con variación de imágenes; los proverbios, máximas o refranes; la secuencia numérica; el paralelismo; la antítesis; el paralelismo antitético; las imágenes.

Tenía lugar en la "Casa de Investigación o de Estudio", en la que recibían su formación el escriba, pero también el rabino y el doctor de la Ley.

En otros tiempos el escriba había sido el sabio (no por saber escribir, sino por su actitud ante la Sabiduría): consejero de reyes, funcionario de gobierno, juez, cronista del reino, mensajero real o embajador, secretario privado y maestro. Ahora, el escriba había quedado relegado a la función de maestro elemental, y el concepto de sabio se había desplazado hacia rabinos y doctores.

El escriba debía ser persona de situación económica desahogada, no sólo por el tiempo que demandaba su formación (la lectura y la meditación de los textos sagrados, juntamente con el aprendizaje de lenguas, cálculo, astronomía, algo de ciencias varias, la historia de muchos pueblos y su geografía, como así también su sistema de gobierno y legislación, el derecho, las costumbres..., y todo ello para una tal valoración que fuera dable esperar luego un consejo prudente, una decisión atinada), sino también porque su espíritu no debía quedar atrapado en el mundo de lo material, en el negocio y los intereses: debía aplicarse por entero a la Palabra de Dios, a entenderla y ponerla en práctica.

Los rabinos eran, fundamentalmente, maestros: maestros de doctrina (por la predicación) y maestros de vida (a través del consejo y la guía espiritual). Llevaban una vida itinerante, recorriendo pueblos y ciudades, enseñando en las plazas, en las sinagogas, junto a los ríos o en las montañas, y también en las casas. El pueblo en general los escuchaba, pero un grupo más reducido los seguía, acompañándolos en sus desplazamientos y participando más íntimamente de su vida y su doctrina: eran los discípulos. Si el rabino tenía cierta fama reconocida, podía ser constituido juez de asuntos menores y cuestiones domésticas por los propios habitantes de un lugar.

Finalmente tenemos al doctor de la Ley, personaje de gran autoridad y prestigio, vinculado a la Sinagoga y al Sanedrín: teólogo, maestro, legislador y juez. La sabiduría de los doctores, y su enseñanza, se encuentran recopiladas en el Talmud (siglos II a XIII d.C.), que recoge la tradición erudita de Israel desde al menos el siglo I a.C.

Se llegaba a ser doctor de la Ley tras largos años de aprendizaje junto a un doctor, escuchando respetuosamente sus lecciones (lectura de los textos sagrados, explicación de los mismos, exégesis, casuística, determinación o definición de tesis, etc.), memorizando la doctrina, asistiendo a las discusiones entre los maestros. Los discípulos interrogaban y eran interrogados, en forma privada o pública. También debían procurar vivir de acuerdo a la Ley, hasta en sus prescripciones más pormenorizadas. Cuando el maestro consideraba que su discípulo se hallaba suficientemente preparado para enseñar y comentar, lo dejaba ir para que abriera su propia escuela: Israel contaba con un nuevo doctor de la Ley, un nuevo sabio por su doctrina y por su vida, para edificación del pueblo a través de la instrucción y el ejemplo.

1.3- EL FIN DE LA EDUCACION.

Qadosch, santidad, es el ideal educativo religioso-moral más pleno, al que está llamado por vocación y alianza todo miembro del pueblo israelita. Así, qadosch no sólo implica la pertenencia a un pueblo, sino también compromiso y heroísmo por cuanto la meta de dicho ideal sobrepasa la fuerza humana: se trata de imitar la santidad de Dios mismo. Pero, a diferencia de la experiencia ético-religiosa de otros pueblos, el Hebreo frente a dicho ideal asume su vocación de nómada espiritual sin desesperarse confiando en que YEHOVÁH, por más tortuoso que sea el camino, lo cubrirá con su sombra y lo guiará hacia un lugar seguro.

Qadosch, es una propiedad primeramente religiosa, diferente a la santidad socrática-platónica, más vinculada a la ética racional y a la práctica de la justicia. Como fenómeno religioso, de fe y de relación con la divinidad, qadosch expresa el supremo ideal moral del pueblo de Israel, quien con plena conciencia histórica reconoce que YEHOVÁH lo ha liberado, le ha otorgado las leyes y es quien lo santifica.

EN ESTE CONTEXTO DIFÍCILMENTE LOS APÓSTOLES TENÍAN ALGÚN TIPO DE POSIBILIDAD PARA SER LOS REPRESENTANTES DEL ETERNO Y JUZGAR LOS ASUNTOS DEL PUEBLO DE DIOS. LA MAYORÍA PESCADORES Y SIN LA INSTRUCCIÓN ANTES MENCIONADA, UNIDO AL RESPETO QUE SE LE TENÍA A LOS DOCTORES DE LA LEY Y EL RECONOCIMIENTO A SU AUTORIDAD, HABÍA UNA FUERTE LIMITANTE PARA CUMPLIR ESTE ROL, A MENOS QUE ESA AUTORIDAD LES FUERA DELEGADA POR ALGUIEN QUE ESTUVIERA POR ENCIMA DE ESTE SISTEMA JERÁRQUICO.

Los doctores de la ley habían abandonado el ESPIRITU DE LA TORAH (INSTRUCCIONES DE DIOS DADAS A MOISES PARA EL PUEBLO), por lo YEHOSHÚA vino a poner las cosas en orden, entre ellas, a comisionar directamente a quienes iban a ser sus representantes.

Si piensas que esto es un escándalo, lo mismo ocurre en nuestros tiempos. Si YEHOSHÚA estuviera en su ministerio terrenal en nuestros tiempos, difícilmente algún Pastor lo invitaría a su iglesia a predicar y mucho menos le reconoceríamos como EL MESIAS. Tampoco reconoceríamos a sus discípulos como autoridad para hablar en nombre del ETERNO.

Al igual que en aquel tiempo YEHOSHÚA pronto pondrá las cosas en orden.

Como dice MacArthur:

“La suma de todo esto significa que cualquier cuerpo de creyentes debidamente constituido, actuando de acuerdo con la Palabra de Dios, tiene la autoridad para declarar si alguien es perdonado o no perdonado. La autoridad de la iglesia no es determinar estas cosas, sino declarar el juicio del cielo basado en los principios de la Palabra. Cuando hacen tales juicios sobre la base de la Palabra de Dios, pueden estar seguros de que el cielo está de acuerdo. En otras palabras, todo lo que ‘atan’ o ‘sueltan’ en la tierra ya está ‘atado’ o ‘desatado’ en el cielo. Cuando la iglesia dice que la persona que no se arrepiente está atada al pecado, la iglesia dice lo que Dios dice acerca de esa persona. Cuando la iglesia reconoce que una persona arrepentida ha sido liberada de ese pecado, Dios está de acuerdo”

La iglesia de YEHOSHÚA, tiene la potestad de juzgar sobre la base de la Palabra de Dios, las situaciones pertinentes y si está de acuerdo con lo que ya ha sido declarado en LAS SAGRADAS ESCRITURAS pueden estar seguros de que el cielo está de acuerdo.

Pero hay un detalle el cual es determinante

Una interpretación errada de algún pasaje bíblico puede conducirnos a confusiones, y dejarnos sin entender y obedecer lo que Dios nos dice.

El siguiente ejemplo puede ayudarnos a entender mejor este asunto.

Supongamos que eres colombiano y extravías tu pasaporte mientras estás en otro país. Vas a una embajada de tu nación, explicas tu caso, y ellos hacen su trabajo y concluyen que eres colombiano. Entonces la embajada te da un nuevo pasaporte. La embajada, entonces, no te hace colombiano. ¡Ya eras colombiano! Simplemente te reconoce como uno y testifica eso ante el mundo.

De igual manera, la iglesia local no te hace cristiano ni puede convertirte en uno. Pero tiene autoridad para reconocerte o no como tal. Ella puede decidir si tratarte o no como ciudadano del Reino de Dios según la Biblia. Se trata de una autoridad que ningún cristiano tiene por sí solo, y que está relacionada al tema de la membresía y disciplina de la iglesia.

Por supuesto, la iglesia no es perfecta, y a veces erramos en el ejercicio esta autoridad. En ocasiones, por ejemplo, podemos no reconocer como creyente a alguien que sí debería ser reconocido como tal. Por eso necesitamos buscar ser bíblicos en todo, de manera que los juicios que emitamos estén conformes a lo que Dios declara en el cielo.[8]

HERMANOS, USEMOS BIEN LA PALABRA

Como puedes ver, hay un abismo enorme entre la interpretación más común que se enseña en muchas iglesias sobre lo que significa atar y desatar, y lo que la Biblia en verdad enseña.

Mateo 16:19 es un texto que nos ayuda a tener un entendimiento de la iglesia más bíblico. Nos habla de la autoridad que tenemos como creyentes para recibir en el nombre de YEHOSHÚA a otros creyentes en el evangelio, y para dejar de reconocer como creyentes a quienes se aparten de la verdad y no se arrepientan conforme a la Biblia.

Sin embargo, una interpretación errada de este y cualquier otro pasaje bíblico puede conducirnos a muchas confusiones, y dejarnos sin entender y obedecer lo que Dios nos dice. Esto nos recuerda la importancia de 2 Timoteo 2:15: “Procura con diligencia presentarte a Dios aprobado, como obrero que no tiene de qué avergonzarse, que maneja con precisión la palabra de verdad”.

Oremos que el Señor nos conceda ser cuidadosos al leer la Biblia, de manera que podamos aplicar todo lo que nos corresponda aplicar, y enseñar todo lo que nos toca enseñar.

Algunas Biblias, en sus versiones de estudio o notas al pie (como LBLA), señalan que esa última frase también puede traducirse como “lo que ates en la tierra, habrá sido atado en los cielos; y lo que desates en la tierra, habrá sido desatado en el cielo”. Así se hace más evidente que esto no se trata de nosotros dictando la agenda del cielo, sino del cielo dictando la agenda que se cumple en la tierra.

“YESHÚA condenó definitivamente todo atar y desatar que fuese arbitrario, caso en que el prohibir y permitir, el excluir y admitir y readmitir equivale a una transgresión del mandamiento de Dios (15:1–20; 23:13). Cuando una persona es excomulgada injustamente, el Señor la recibe (Jn. 9:34–38)”

Como hemos visto, esta frase no nos da licencia para atar o desatar demonios, desatar o atar bendiciones, en la literatura rabínica era común esta frase y tenía como finalidad declarar licito o licito algo en un caso judicial, lo que es mas de allí es un atentado contra la recta interpretación de LAS ESCRITURAS.

NOS VEMOS EN EL PREÁMBULO DE LAS BODAS DEL CORDERO VESTIDOS DE LINO FINO RESPLANDECIENTE!!

 
 
 

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